Hay deudas que, al parecer, ni la muerte logra cancelar. Mientras muchos creen que el último suspiro pone fin a las obligaciones personales, la Justicia acaba de recordar que los números tienen mejor memoria que los seres humanos. Y que, cuando se trata de cobrar, el calendario puede esperar casi dos décadas.
Un fallo del Juzgado Civil y Comercial N.º 7 de Bahía Blanca ordenó a los herederos de un hombre hacerse cargo de un préstamo solicitado en 2009, junto con 17 años de intereses acumulados. La demanda fue impulsada por el Fondo de Garantía de Buenos Aires (FOGABA SAPEM), que había respaldado gran parte del crédito otorgado por el Banco Provincia.
La historia comienza con un préstamo de apenas 9.000 pesos. Una cifra que, vista desde la Argentina de hoy, parece más cercana al valor de un carrito de supermercado que al de una deuda capaz de sobrevivir durante 17 años. Sin embargo, el expediente siguió respirando mientras su deudor ya no estaba, hasta que la cuenta terminó golpeando la puerta de los herederos.
El fallo vuelve a instalar una pregunta incómoda: ¿las deudas también se heredan? La respuesta jurídica es sí, aunque con límites y dentro del patrimonio sucesorio. Pero el impacto social de una resolución como esta es inevitable: demuestra que el paso del tiempo no siempre juega a favor de quien debe.
La ironía es difícil de ignorar. En un país donde las reglas económicas cambian a la velocidad de la inflación, un préstamo otorgado hace casi dos décadas sigue encontrando el camino para ser reclamado. Porque, al parecer, algunas cosas prescriben… pero otras tienen una paciencia infinita.
La Justicia habló. Y el mensaje es claro: para ciertas deudas, ni el tiempo ni la muerte alcanzan para cerrar la cuenta.
ALEJANDRO DUARTE

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